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Boletín Informativo
Laboral & Seguridad Social

 

Reglamento de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores

Junio de 2014

 

Reglamento de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores

El pasado día 04 de junio de 2015 se publicó?en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores.

Dicho Reglamento establece los lineamientos y requisitos a seguir particularmente dirigidos a los Patrones y a todas aquellas personas o empresas proveedoras de servicios de alimentos, conforme a lo siguiente:

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Objeto del Reglamento

Este Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones?para crear los esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores en su ámbito ocupacional, el cual comprende las relaciones laborales regidas por el artículo 123, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Obligaciones y Prohibiciones de los Patrones

Constituirá?obligación de los patrones que implementen dicho esquema de ayuda alimentaria para sus trabajadores el contar con contratos celebrados por escrito con los proveedores de servicios de comedor, restaurantes o establecimientos de consumo de alimentos, las emisoras de vales y los proveedores de despensa; así?como llevar un control, ya sea físico o electrónico, para demostrar que la ayuda alimentaria ha sido efectivamente entregada.

Los patrones también deberán cerciorarse de que la ayuda alimentaria que brinden cuente con las características de una dieta correcta (equilibrada, saludable y suficiente). De igual manera, deberán observar las condiciones y medidas de seguridad, así?las de salud previstas por la Secretaría de Salud.

Prohibiciones de los Propietarios y Responsables de Proporcionarla Ayuda Alimentaria.

Queda prohibido a estos propietarios?y responsables el recibir vales de comida o despensa fuera del periodo de vigencia (el cual es de 60 días naturales contados a partir de la fecha de su expedición), así?como el entregar cambio en efectivo por consumo o compras realizadas y recibir vales de comida o despensa para adquirir bienes distintos a éstos.

Difusión de la Campaña Nacional Permanente

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de la mano con la Secretaría de Salud elaborarán y difundirán una campaña en la que se promuevan, a nivel nacional, los beneficios que la ayuda alimentaria brindará?a los patrones y a los trabajadores.

Entrada en vigor del Reglamento

El Reglamento en cuestión entra?en vigor el pasado 05 de junio de 2015, a excepción de la vigencia de los Vales de Comida, los cuales entrarán vigor a los 180 días naturales siguientes a la publicación del Reglamento.

  

Para información adicional, puede comunicarse con cualquiera de los miembros de nuestro Equipo de Práctica Laboral.

M. Alejandro Ripoll Gonzólez

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Emmanuel Ibarra Castillo

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Pablo Mora Dragicevic

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Kelly Couto González

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NOTA IMPORTANTE: La información aquí contenida es de naturaleza general y de carácter informativo. Por favor considere que lo aquí señalado no aborda las circunstancias de ningún individuo o entidad. Recomendamos no tomar ninguna medida basado en esta información sin la debida asesoría profesional de nuestros abogados en base a su situación particular.

Nuestro Equipo de Práctica Laboral con gusto lo puede apoyar en los siguientes temas:

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