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¿Qué cambia con la Clasificación de Niza – 13.ª Edición (2026)?

04 de Febrero 2026
4 min lectura

Estimados clientes y amigos:

El 1 de enero de 2026 entró en vigor la decimotercera edición de la Clasificación de Niza, el sistema internacional utilizado para la clasificación de productos y servicios con fines de registro de marcas. Esta actualización forma parte del proceso continuo de revisión del Arreglo de Niza, cuyo objetivo es reflejar la evolución de los mercados, las tecnologías y las actividades económicas.

  1. ¿Qué es la Clasificación de Niza y por qué es relevante?

Es un sistema internacional que organiza los productos y servicios en clases, con el fin de facilitar el registro y la protección de las marcas de manera armonizada. Fue creada en 1957 y ha sido revisada en diversas ocasiones para mantenerse actualizada. Actualmente, es utilizada por la mayoría de los países del mundo como referencia común para el registro marcario. Una correcta clasificación resulta esencial para asegurar una protección adecuada del signo distintivo y evitar objeciones o inconsistencias durante el trámite.

  1. Aplicación obligatoria de la Clasificación de Niza

Los países que forman parte del Arreglo de Niza están obligados a adoptar esta clasificación en los registros de marcas y a indicar claramente las clases correspondientes en sus documentos y publicaciones oficiales.

  1. Principales cambios de la 13.ª edición

La 13.ª edición de la Clasificación de Niza introduce ajustes en la clasificación de determinados productos y servicios, algunos de los cuales han sido reubicados en clases distintas o han visto precisada su descripción. Estos cambios no responden a un enfoque sectorial específico, sino a la necesidad de mejorar la claridad, coherencia y actualización técnica de la clasificación frente a la evolución del mercado y la tecnología. Por ello, resulta especialmente importante revisar estas modificaciones al presentar nuevas solicitudes de marca, en particular cuando se parte de registros o solicitudes basados en ediciones anteriores, a fin de evitar objeciones o inconsistencias durante el trámite.

  1. Sectores que pueden verse impactados

Si bien la 13.ª edición de la Clasificación de Niza no introduce cambios dirigidos a un sector específico, algunos sectores suelen verse impactados por ajustes en la redacción o reubicación de productos y servicios, entre ellos:

  1. Tecnología y productos digitales, incluidos software, plataformas digitales y productos inteligentes, cuya clasificación ya no depende automáticamente de sus componentes tecnológicos.
  2. Energía y sostenibilidad, como servicios relacionados con energías renovables, eficiencia energética y tecnologías limpias;
  3. Movilidad y transporte, incluyendo vehículos eléctricos, híbridos y servicios asociados;
  4. E-commerce y servicios digitales, así como modelos de intermediación en línea.

Por ejemplo, bajo la nueva edición, los productos inteligentes ya no se clasifican automáticamente en la clase 9 por el solo hecho de incorporar tecnología. Su clasificación dependerá de su función principal: así, un juguete inteligente se clasifica en la clase 28, y no en la clase 9.

  1. Actualizaciones en el Sistema de Madrid y eMadrid

A partir del 1 de enero de 2026:

  1. Los productos y servicios se identifican con la referencia “NCL (13-2026)” en notificaciones, certificados, publicaciones oficiales y en la información disponible en eMadrid.
  2. El Gestor de Productos y Servicios de eMadrid fue actualizado para reflejar la nueva edición de la Clasificación de Niza.
  3. No se reclasificarán los registros internacionales de marcas existentes que tengan una fecha anterior al 1 de enero de 2026, los cuales conservarán la clasificación conforme a la edición de Niza vigente al momento de su registro.

Conclusión

La entrada en vigor de la 13.ª edición de la Clasificación de Niza representa un cambio relevante que debe considerarse al planear nuevas solicitudes de registro de marca, tanto a nivel nacional como internacional.

No obstante, es importante destacar que estos cambios no tienen efectos retroactivos: los registros de marca ya concedidos, incluidos los registros internacionales con fecha anterior al 1 de enero de 2026, conservan su clasificación conforme a la edición de Niza vigente al momento de su registro y no serán reclasificados.

Es recomendable revisar las descripciones de productos y servicios al diseñar nuevas estrategias de protección marcaria, particularmente cuando se pretende ampliar portafolios, presentar nuevas solicitudes o asegurar una cobertura adecuada frente a la evolución del mercado y la tecnología. Una correcta clasificación desde el inicio contribuye a una protección marcaria más sólida, eficiente y alineada con los estándares internacionales actuales.

En Ramos, Ripoll & Schuster® contamos con amplia experiencia en la gestión de registros marcarios nacionales e internacionales y quedamos a su disposición para asesorarles sobre el impacto de estos cambios en sus estrategias de protección marcaria.

Nuestros abogados especialistas

Nuestro equipo de abogados está listo para ayudarte a entender cómo aplicar estas nuevas reglas a tu empresa o proyecto de inversión.

Elías-Fernández, Edmundo

Senior Partner

Ripoll-González, Alejandro

Senior Partner

Amador Espinosa, Juan Rafael

Asociado Senior

Márquez Ledezma, Daniela

Asociado

Castañeda García, Sofía

Asociado Junior

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