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Homologación de Salarios Mínimos generales en áreas geográficas A y B

Marzo 2015

 

Homologación de Salarios Mínimos Generales en las áreas geográficas A y B.

El 19 de marzo de 2015 se anunció el inicio de un proceso de homologación de los salarios mínimos generales vigentes en las áreas geográficas A y B, con el propósito de recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores.

 

En base a un acuerdo tomado el 12 de agosto de 2014 entre los sectores productivos del país para llevar adelante una discusión sobre los incrementos a los salarios mínimos, este 19 de marzo de 2015 se anunció por parte de los sectores obrero y patronal, así como por el Gobierno de la República, que hay coincidencia en avanzar en la gradual reducción de diferencias entre las áreas geográficas del salario mínimo, hasta alcanzar uno solo para todo el país, lo anterior con el propósito de recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores, especialmente de los que menos ganan.

En ese orden de ideas, se hizo pública una primera medida tomada por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI), en el sentido de homologar las áreas geográficas A y B en un 50% cincuenta por ciento en abril próximo, dejando abierta la posibilidad, si las condiciones económicas lo permiten, de lograr una homologación al 100% cien por ciento para tener un solo salario mínimo general en este mismo año, sin afectar la inflación y el empleo productivo en el país.

Actualmente el salario mínimo para el área geográfica "A" es de 70.10 pesos diarios. Esta área comprende el Distrito Federal y su área metropolitana, los estados de Baja California y Baja California Sur, las ciudades de Acapulco, Gro., Ciudad Juárez, Chih., Guadalajara, Jal. y su área conurbada, Monterrey, N.L. y su área metropolitana,?Hermosillo, Son., Matamoros y Reynosa, Tamps. y Coatzacoalcos, Ver., entre otras.

Para el área geográfica "B" el salario mínimo general es de 66.45 pesos diarios. Este salario aplica en entidades federativas como Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; así como en municipios específicos de los estados de Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz que no estén en el área geográfica “A”.

  

Para información adicional, puede comunicarse con cualquiera de los miembros de nuestro Equipo de Práctica de
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M. Alejandro Ripoll González

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NOTA IMPORTANTE: La información aquí contenida es de naturaleza general y de carácter informativo. Por favor considere que lo aquí señalado no aborda las circunstancias de ningún individuo o entidad. Recomendamos no tomar ninguna medida basado en esta información sin la debida asesoría profesional de nuestros abogados en base a su situación particular.?

 

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