|
|
BOLETINES |
Boletín Informativo |
|
Litigio y Solución de Controversias |
|
|
Divorcio administrativo ante el Instituto de Justicia Alternativa
01 de Marzo 2018 |
|
Divorcio administrativo ante el Instituto de Justicia Alternativa |
|
Es una realidad actual, que día a día aumenta de manera exponencial la tasa de Divorcios en el País, situación que fue dada a conocer mediante encuestas emitidas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en las que solamente hasta el año 2016, la tasa de Divorcios aumento un 156% de 15 años atrás.
A pesar de que dicha situación afecta a toda la población, el Estado no puede coartar el derecho humano de “libre desarrollo de la personalidad” que toda persona tiene, debiendo permitir que la decisión de los contrayentes de divorciarse sea de una manera más práctica, ya que, a pesar de que las Autoridades Judiciales se encuentran obligados a acatar los criterios emitidos por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, debiendo declarar en respeto al derecho humano de libre desarrollo de la personalidad, la disolución de los vínculos matrimoniales que se soliciten, la excesiva carga de trabajo, así como la carencia de nuevos juzgados, ocasiona un terrible retraso en el dictado de las resoluciones judiciales.
Problemática que puede ser solucionada de manera pronta, oportuna y económica a través del Instituto de Justicia Alternativa, órgano de apoyo del Poder Judicial con autonomía técnica y administrativa, rector en materia de medios alternativos de justicia, tales como la mediación, conciliación y arbitraje, siendo sus principales atribuciones la promoción de los métodos alternos como una solución pacífica de los conflictos.
Cualquier persona sin necesidad de abogado y costo alguno pueden comparecer de manera consensuada con su pareja ante el Instituto de Justicia Alternativa para tramitar su divorcio administrativo, mismo que en breves horas quedara concluido, encontrándose obligado a esperar durante varios días el engrose de la resolución por medio de la cual se declare la disolución del vínculo matrimonial, evitando todas las problemáticas burocráticas y retrasos de los Juzgados.
El divorcio administrativo se encuentra regulado por los artículos 405 Bis, 405 Ter del Código Civil del Estado de Jalisco 5 y 9 de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco, pudiendo ser tramitado por la pareja en conjunto ante el Instituto de Justicia Alternativa, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
• Tener más de un año de casados.
• Ser mayores de edad.
• No tener bienes en común o haber liquidado la sociedad legal de común acuerdo.
• No tener hijos y en caso de tener hijos, que los mismos sean mayores de edad y no dependan de los padres.
Esta mecanismo otorgado por el Estado, es totalmente desaprovechada por las personas, debido a la falta de publicidad por parte del Estado, así como la omisión de los abogados, siendo por esta razón que a pesar de que no nos encontramos a favor de que las parejas se divorcien, el presente trámite resulta ser una manera práctica y sencilla a través de la cual, las personas pueden sin necesidad de un abogado, así como un desembolse de dinero, utilizar los medios otorgados por el Estado y tramitar su divorcio conforme a los lineamientos marcados por la ley, de manera pronta.
|
|
|
Diego Alonso Ramos Castillo |
|
|
|
José Eduardo González Rodríguez |
|
|
|
Fernando Gabriel Landa Torres |
|
|
|
|
|
NOTA IMPORTANTE: NOTA IMPORTANTE: La información aquí contenida es de naturaleza general y de carácter informativo. Por favor considere que lo aquí señalado no aborda las circunstancias de ningún individuo o entidad. Recomendamos no tomar ninguna medida basado en esta información sin la debida asesoría profesional de nuestros abogados en base a su situación particular.
|
|
Nuestro Equipo de Práctica Litigio y Solución de Controversias con gusto lo puede apoyar en los siguientes temas:
|
Litigio Civil
Litigio Familiar
Juicios Sucesorios
Litigio Constitucional
Litigio Mercantil
Concursos Mercantiles
Litigios Societarios
Litigio Administrativo
Litigio Fiscal
|
Litigio Fiscal
Arbitraje
Mediación
Conciliación
Cooperación Internacional Procesal
|
<< Regresar a Boletines |
|
Archivo PDF |
|
|