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Ley de Asociaciones Público Privadas

Enero 2012

 

Nueva Ley de Asociaciones

Público Privadas.

 

Las Asociaciones Público Privadas (APP) son modalidades de inversión a largo plazo entre particulares y gobierno, estos proyectos consisten en la prestación de servicios al sector público o al usuario final, en los que se utilice infraestructura provista total o parcialmente por el sector privado con objetivos que aumenten el bienestar social y los niveles de inversión en el País

El pasado lunes 16 de enero, el Congreso decretó la Ley de Asociaciones Público Privadas, la cual tiene por objeto regular los esquemas para el desarrollo de dichos proyectos, reformando, adicionando y derogando diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas, Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Ley de Expropiación, Ley general de Bienes Nacionales y el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Algunos de los objetivos que se pretenden con la aprobación de esta ley es lograr un mayor desarrollo económico y multiplicar la inversion en infraestructura, lo cual traerá como consecuencia la estimulación del mercado interno del país así como una importante detonación de empleos

Las APP permiten al gobierno evitar o diferir el gasto en infraestructura sin renunciar a sus beneficios y ofrecen la posibilidad de lograr una mayor eficiencia en la construcción de activos de infraestructura y la prestación de los servicios conexos reduciendo los costos del Estado cuando brinda dichos servicios. Por lo tanto, esta nueva ley implica un ahorro en las finanzas públicas ya que libera las restricciones que impedían la mezcla de recursos públicos y privados.

Se busca que contribuya a que la Iniciativa Privada invierta recursos en México que a la fecha decide invertir en el extranjero, lo cual permitirá detonar el crecimiento de la economía además de generar empleos.?

Para dar inicio a un proyecto, la Secretaría de la Función Pública incluirá en el sistema electrónico de información pública gubernamental (CompraNet) la información relativa a los proyectos de asociación público-privada federales y de los proyectos no solicitados que reciban las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Este sistema será de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual podrán desarrollarse procedimientos de contratación.

Las dependencias y entidades que pretendan el desarrollo de un proyecto de asociación público-privada convocarán a concurso, donde se buscará que los proyectos tengan las mejores condiciones en precio, calidad, financiamiento y oportunidad. Las entidades de la Administración Pública Federal darán prioridad a los proyectos a desarrollarse mediante esquemas de asociación público-privada, que? cumplan con los requisitos de las disposiciones de protección ambiental, asentamientos humanos, desarrollo urbano, construcción, uso de suelo y demás que resulten aplicables, en el ámbito federal.

La Ley de Asociaciones Público Privadas incentivará la atracción de nuevas tecnologías y propiciará una mejor calidad en los proyectos así como el avance acelerado en la construcción de infraestructuras, además de fomentar la libre competencia y competitividad entre los consorcios privados.

Además, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene la obligación de elaborar en una base de datos digital y públicar una lista de los proyectos en desarrollo, los montos erogados y pendientes de erogar, el proyecto ejecutivo y el avance de la obra, garantizando de esta manera a transparencia en la utilización de recursos.

Uno de los principales beneficios es el brindar seguridad y certeza jurídica a los actores privados y empresas que quieran participar en proyectos de infraestructura complejos que requieren de muy largos períodos de maduración y desarrollo.

 
  

Para información adicional, puede comunicarse con cualquiera de los miembros de nuestro Equipo de Práctica de Corporativo & Negocios.
 
M. Alejandro Ripoll González
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Diego Álvarez Ampudia
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Guadalupe Esparza Sánchez
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Andrea Ortiz Flores
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Alejandro Suárez
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Rafael Amador Espinosa
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Eric Coufal Leaño
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NOTA IMPORTANTE: La información aquí contenida es de naturaleza general y de carácter informativo. Por favor considere que lo aquí señalado no aborda las circunstancias de ningún individuo o entidad. Recomendamos no tomar ninguna medida basado en esta información sin la debida asesoría profesional de nuestros abogados en base a su situación particular.

Nuestro Equipo de Práctica Corporativo & Negocios con gusto lo puede apoyar en los siguientes temas:

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