Boletín Informativo Corporativo & Negocios | Estímulo Fiscal Impuesto sobre Tenencia Vehicular Junio 2010 |
Estímulo Fiscal Impuesto sobre Tenecia Vehicular La crisis económica mundial que impactó de forma negativa a la industria automotriz, provocó un menoscabo a la venta de vehículos nuevos en México en un 26.3% en el pasado año (2009). Este fenómeno económico afecto tanto a la industria automotriz, como a la economía familiar al no poder satisfacer sus necesidades de transporte. Aunque el Gobierno Federal haya implementado el Programa de Renovación Vehicular con un fondo de doscientos cincuenta millones de pesos y un total de trece mil cuatrocientas veintiún unidades vendidas, es necesario adoptar medidas adicionales que ayuden a consolidar la recuperación económica del sector automotriz. El Diario Oficial de la Federación, en su publicación del día 25 de junio de 2010, se decretó un estímulo fiscal a los fabricantes, ensambladores, distribuidores y comerciantes que opten por pagar el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, respecto de los vehículos nuevos que enajenen durante la vigencia del presente Decreto a personas físicas, cuyo valor no exceda de doscientos cincuenta mil pesos. Dicho estímulo fiscal consiste en un crédito fiscal equivalente al monto del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, federal o local, pagado en el año en que se realice la enajenación de dicho vehículo nuevo. Tratándose de vehículos con valor superior a los doscientos cincuenta mil pesos, el estímulo se limitará hasta una cantidad equivalente al impuesto sobre tenencia o uso de vehículos que correspondería al vehículo nuevo en caso de que su valor total fuera de la cantidad señalada En el caso de personas morales, el estímulo fiscal consiste en un crédito fiscal que se obtendrá?considerando el diferencial del impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, local o federal, pagado por el contribuyente y el monto deducible de dicho gasto conforme a lo dispuesto por la Ley del Impuesto sobre la Renta. Para informacion adicional, puede comunicarse con cualquiera de los miembros de nuestro Equipo de Práctica de Corporativo & Negocios. NOTA IMPORTANTE: La información aquí contenida es de naturaleza general y de carácter informativo. Por favor considere que lo aquí señalado no aborda las circunstancias de ningún individuo o entidad. Recomendamos no tomar ninguna medida basado en esta información sin la debida asesoría profesional de nuestros abogados en base a su situación particular. Nuestro Equipo de Práctica Corporativo & Negocios con gusto lo puede apoyar en los siguientes temas: |
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